La importancia de la nueva Ley de Cambio Climático en México
Por Sandra Guzman,* Programa de Clima y Energía de WWF (México). 22 de Mayo de 2012. © Ambiente y Comercio
La pronta publicación de la Ley General de Cambio Climático en México, aprobada por ambas Cámaras del Congreso de la Unión, representa un paso firme en la lucha contra el cambio climático en el país y sienta un importante precedente para las discusiones que se llevan a cabo a nivel global. El ejercicio realizado por el poder legislativo es muestra del interés y compromiso que México ha adquirido frente al problema y las siete iniciativas presentadas antes y durante la discusión de la actual Ley General son ejemplo de ello.
Aunado a lo anterior, la participación de los sectores social, académico y privado fueron elementos fundamentales en el diseño y elaboración de la Ley que tras dos años de discusión fue aprobada por el Senado de la República (Cámara de origen) el 15 de noviembre de 2011, y más tarde por la Cámara de Diputados con 280 votos a favor, 11 en contra y una abstención, el 29 de marzo de 2012, logrando una última aprobación por unanimidad en la Cámara de origen el 19 de abril del mismo año.
Sin lugar a dudas, la aprobación de la Ley General fue posible gracias a la construcción participativa que se hizo de la misma, y gracias a una serie de discusiones, eventos y conferencias en donde se reconoció la importancia de la regulación de las medidas que contribuyen con el problema climático, tanto nacional como internacionalmente, siendo la 16a Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 16) celebrada en Cancún, México, y la COP 17 celebrada en Durban, Sudáfrica, momentos clave para propiciar las discusiones y la aprobación de la Ley que actualmente está en espera de la aprobación del Presidente de la República para ser publicada en el Diario Oficial de la Federación, momento en el cual tendrá 90 días para entrar en vigor.
La Ley General brinda a México una base sólida tanto para promover la reducción de emisiones como para permitir la adaptación a los impactos derivados del cambio climático, siendo su principal objetivo:
“Fortalecer políticas públicas, estructura administrativas y de participación social, a través de las cuales se reduzca la vulnerabilidad de los sistemas humanos y naturales del país ante el reto que impone el cambio climático; se impulse la transición escalonada hacia una economía competitiva de bajas emisiones de carbono y se contribuya a cumplir los compromisos adquiridos por el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos ante el régimen internacional en la materia”.
De esta forma y para dar cumplimiento a su principal objetivo, la Ley cuenta con nueve capítulos, 116 artículos y diez transitorios en donde se resaltan aspectos de suma relevancia como:
- El reconocimiento de la necesaria transición hacia una economía competitiva de bajas emisiones en carbono, que regula tanto gases como componentes de efecto invernadero;
- La creación y fortalecimiento de una estructura institucional y transversal que atienda el cambio climático, a través de un Sistema Nacional de Cambio Climático que promueve la concurrencia entre la federación, las entidades federativas y los municipios en el combate al problema; así como la creación de un Institución Nacional de Ecología y Cambio Climático que aumente y mejore la investigación en el tema; además de la consolidación de una Comisión Intersecretarial de Cambio Climático que fomente una mejor coordinación entre el Gobierno Federal y otros actores involucrados;
- La definición de criterios y medidas claves para promover la mitigación a través de la generación de energía por fuentes renovables, la promoción de sistemas de movilidad sustentable, el manejo adecuado de residuos y el manejo sustentable de los recursos forestales; así como la definición de criterios de adaptación y reducción de vulnerabilidad a los impactos del cambio climático;
- La formulación de una política de largo plazo en materia de cambio climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, los programas estatales y con otras leyes aplicables;
- El fomento a la educación, la investigación, el desarrollo y la transferencia de tecnología que privilegie las actividades y tecnologías que contribuyan menos con las emisiones;
- La creación de un Fondo Verde Mexicano que promueva un mayor flujo de recursos nacionales a través de la asignación presupuestal, e internacionales a través del mejor control de los flujos dirigidos al combate del cambio climático;
- El diseño y promoción de instrumentos económicos y fiscales para incentivar la reducción de emisiones y la participación de actores públicos y privados en la materia;
- La creación de esquemas de participación de sectores como el privado, el académico y el social en el diseño y evaluación de la política climática;
- El reconocimiento de metas de reducción de emisiones del 30% al 2020 y del 50% al 2050; así como de las metas de participación de energía limpia en 35% al 2024; y la promoción de la reducción de los subsidios a los combustibles fósiles como mecanismo para incentivar la participación de la energía renovable; y
- La consolidación de esquemas de medición, reporte y verificación de emisiones, a través del registro, la evaluación y el seguimiento del cumplimiento de la Ley, que contempla un esquema de sanciones.
Y si bien estos diez puntos representan los aspectos más relevantes contenidos en la Ley, la aprobación de la misma no es sino el primer paso de lo que debiera ser un régimen sólido en materia de cambio climático en México. Esto se debe a que la Ley vino a institucionalizar estructuras que ya existían, pero que por falta de obligatoriedad no operaban de manera eficiente. La Ley por lo tanto ofrece dos principales aspectos: una estructura institucional transversal e integral, que dota de atribuciones a las diversas Secretarias de Estados y a los diversos niveles de gobierno, para que actúen frente al problema de cambio climático; y sienta las bases para la consolidación de instrumentos de política pública que establecerán metas, objetivos, responsables y tiempos en que se habrán de reducir emisiones y propiciar la adaptación al problema. Todo ello con una visión de largo plazo que garantice continuidad más allá de los seis años que duran los periodos de gobierno.
En este sentido, la Ley es sin duda un paso firme frente al problema, sin embargo, para su eficaz aplicación, será necesario trabajar a la brevedad en un reglamento y/o en varios reglamentos que den pie a la operatividad de la misma. Para ello habrán de fortalecerse aspectos que quedaron irresueltos y/o confusos en dicho instrumento, como el hecho de que las medidas para reducir emisiones se harán de manera gradual y tomando en cuenta el costo –beneficio de las mismas, lo que significa que el país podría seguir apostando a los combustibles fósiles si las tecnologías renovables no se abaratan en las próximas décadas. De igual forma, y debido a las demandas del sector privado, las medidas de mitigación que le corresponden al mismo, serán efectuadas de manera voluntaria, lo que los coloca en un esquema de poco compromiso frente al problema. Además de que no se definen los sistemas de participación pública, pues se habla de la participación de las organizaciones de la sociedad civil, pero no de otros actores interesados y/ o afectados.
Pero sin duda, los aspectos más relevantes a tratar en los próximos meses son las metas que plantean los artículos transitorios de la Ley, como el incremento en 35% de las energías limpias para el año 2024, que si bien es una interesante meta, en este concepto no queda claro que de este porcentaje será representado por energías renovables; de igual forma, la meta que promueve la transición hacia una tasa de cero por ciento de pérdida de carbono en los ecosistemas originales para el sector forestal, no prevé un año de cumplimiento; además de ello, un tema fundamental de la ley que quedo irresuelto es lo señalado en el artículo tercero transitorio en el que se había planteado originalmente la reducción de los subsidios a los combustibles fósiles, pero que debido a las quejas del sector privado, fue parafraseado para promover de manera gradual mecanismos de subsidios que den mayores ventajas a los combustibles no fósiles.
Así, diversos aspectos deberán ser analizados y tratados no sólo en la reglamentación de la Ley, sino también deberá venir un proceso de armonización del resto del aparato legal, con el fin de hacer que las guías y los principios que enmarca esta Ley trasciendan del sector ambiental, al resto de los sectores involucrados, y lograr así una verdadera transversalidad de la política climática.
México ha sentado las bases, y será responsabilidad de los gobiernos venideros, pero sobre todo de la población y de los sectores interesados e involucrados, promover las acciones necesarias para hacer de esta Ley un ejercicio operativo, eficiente y eficaz, que encamine al país hacia un desarrollo bajo en emisiones e incite con un buen ejemplo a que otros países hagan lo propio, pues el tiempo se agota y las acciones y pasos firmes de hoy serán base sólida para el devenir de las generaciones futuras, que ya se encuentran sin saberlo, amenazadas.
* Sandra Guzmán Luna es Licenciada en Relaciones Internacionales y especialista en derecho ambiental (UNAM), y Especialista en política energética y ambiental (FLACSO). Es actualmente especialista legal para la Estrategia de Desarrollo Bajo en Emisiones de México en colaboración con USAID-WWF y Profesora de Política Ambiental de la Universidad del Claustro de Sor Juana.
Aún con todas las áreas no totalmente definidas que nos señala Sandra, no podemos sino felicitar a México por este paso que indica una firme voluntad política de cambio en la dirección correcta. No hay duda que en un país como México el tema combustibles fósiles tendrá un peso no desdeñable y es comprensible que haya sido necesario hacer unas “gambetas” virtuosas para que la norma vea la luz.Sin duda en otros países hermanos que no son petroleros y que contemplan hoy un panorama energético incierto, el ejemplo que nos da México es un buen espejo en el cual contemplarnos. En este caso la eficiencia energética de la mano de la iluminación pública en base a LED abre un camino muy promisorio para reducir el consumo energético y a la vez mitigar en una medida no desdeñable las emisiones de GEIs.¡Gracias México, y gracias Sandra por tus claros comentarios!
Es interesante lo que plantea Sandra Guzman. Creo que es un buen desafio para tener como indicador para que los otros paises de la region que aun carecemos de esta normativa especifica podamos aplicarlo.
Mas alla del tema de renovables que es clave como también lo es carbono cero desde el sector forestal, es medular la institucioanlidad fuerte que plantea la ley de forma tal de hacer factible sus compromisos.
En buena hora!