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Home Publicaciones Lo mejor y lo peor del Acuerdo de Paris #COP21
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Lo mejor y lo peor del Acuerdo de Paris #COP21

14 de diciembre de 2015by Foro sobre Cambio Climático3 Comments

Por Soledad Aguilar, Directora del Posgrado en Derecho y Economía del Cambio Climático de FLACSO Argentina. 13 de Diciembre de 2015 © Ambiente y Comercio

downloadCon el texto recién salido del horno, les presentamos nuestras primeras apreciaciones sobre lo mejor y lo peor del Acuerdo de París bajo en Convenio Marco de la ONU sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Entre lo más destacable sin dudas, está: ¡el hecho de tener un acuerdo! Al igual que el Protocolo de Kyoto, las partes han adoptado un acuerdo global legalmente vinculante que deberá ser ratificado por los países. A diferencia del Protocolo, los aportes individuales (llamados ahora contribuciones nacionalmente determinadas o #NDCs) de reducción de emisiones no forman parte del Acuerdo , ni tampoco hay una meta agregada de reducción… las partes solamente se obligan a: presentar sus NDCs y reportar regularmente sus progresos, evaluar el progreso individual y colectivo de manera conjunta (sin establecer sanciones a quienes no cumplen sus NDCs), y a continuar colaborando para incrementar la ambición a lo largo del tiempo.

Lo mejor del Acuerdo de París

  • tenemos un acuerdo legalmente vinculante en el cuál todos los países se comprometen a presentar contribuciones al esfuerzo global de reducción de emisiones necesario para mantener el aumento de la temperatura global “bien por debajo” de los 2 grados Centígrados.
  • hay un reconocimiento de la necesidad de alcanzar el pico de emisiones “lo más pronto posible” como para lograr cero emisiones netas (o sea que las emisiones sean compensadas por absorciones) para la segunda mitad de este siglo.
  • las NDCs se actualizarán cada cinco años, y deberán incrementar progresivamente la ambición… no vale volver para atrás (conocido en la jerga como “back-sliding”), ni dejar de reportar sectores que antes se reportaron.
  • las NDCs se registrarán en un registro público.
  • las NDCs serán sujetas a una revisión de expertos técnicos y a una consideración multilateral del progreso en su cumplimiento.
  • se reconoce la importancia de seguir trabajando en temas de bosques y REDD+.
  • todos los países deberán también adoptar estrategias de adaptación.
  • continuará el trabajo sobre pérdidas y daños.
  • En la Decisión que acompaña al Acuerdo se establece la meta de movilizar el financiamiento hacia países en desarrollo de 100 mil millones de dólares anuales hasta 2025, y revisar esa cifra, y se pide al SBSTA aprobar reglas para contabilizar dicho financiamiento cuando proviene de fuentes públicas.

Algunas dudas

  • se reconoce la necesidad de que los flujos financieros sean consistentes con un camino de desarrollo bajo en emisiones y resiliente al clima. Si se interpreta que se refiere a todos los flujos financieros, incluyendo los que financian combustibles fósiles, sería importante para poder solicitar el fin del financiamiento de organismos internacionales para proyectos de desarrollo de combustibles fósiles…  si se refiere solo al financiamiento climático, sería irrelevante.
  • la decisión intenta pobremente “traducir” el objetivo de no superar un límite de temperatura de 2 grados Centígrados, en un número de emisiones globales, haciendo referencia a la necesidad de reducir emisiones globales de 55 a 40 gigatoneladas, pero sin aclarar que son emisiones anuales de CO2 equivalente, cómo se relaciona con cero emisiones netas para la segunda mitad del siglo, y sin aclarar a qué concentración de emisiones en la atmósfera corresponderían.

Lo peor del Acuerdo de París

  • No hay ninguna referencia al impacto de un bajo precio del petróleo sobre los esfuerzos de mitigación, ni a la necesidad de eliminar los subsidios a los combustibles fósiles, o de reducir la producción de combustibles fósiles.
  • Al ser un acuerdo legalmente vinculante cabe la posibilidad que grandes emisores (como los Estados Unidos) no lo ratifiquen como sucedió con el Protocolo de Kyoto. Para entrar en vigor se requiere – igual que en el caso del Protocolo de Kyoto – la ratificación de al menos 55 países que representen el 55% de las emisiones globales. Gran desafío para la administración Obama, antes de finalizar su mandato… festín para Trump y los republicanos si no lo logran.
  • Las NDCs serán contabilizadas por cada país… o sea que no hay una contabilidad global. ¿Qué pasará si la suma de lo reportado por los países no se condice con las concentraciones observadas en la atmósfera?
  • ¿Qué pasará con los sectores que nadie cuenta, como aviación internacional y transporte marítimo internacional? No hay ninguna referencia a estos sectores en el Acuerdo de París o la Decisión 1/CP.21.
  • Se permite a los países intercambiar voluntariamente reducciones (léase: comercio de emisiones), pero no hay reglas, ni un registro global de reducciones, ni manera de controlar quién le da qué a quién y cómo se evitará la doble o triple contabilidad de emisiones que se transfieren para un lado y para otro, ya que la contabilidad final la realiza cada país.
  • No hay límites a la cantidad de emisiones que un país puede obtener de otro… o sea que las NDCs en teoría podrían ser íntegramente cumplidas comprando emisiones de un país que presentó un NDC bien por debajo de sus reales capacidades… (peligro: gran agujero negro en el sistema)
  • Se crea un nuevo mecanismo (un MDL reciclado) cuyas normas quedan por definir, en el cual cualquier país puede participar, y se establece que se deberán asegurar una mitigación general (sin definir si se medirá por proyecto o como emisiones netas). La decisión hace referencia a la adicionalidad, lo cuál remite a los aspectos menos transparentes del MDL que podrían resultar extremadamente dañinos si permearan este nuevo acuerdo, con reglas poco claras y sin límite alguno al uso de este mecanismos.
  • Se desarrollará un mecanismo de cumplimiento no punitivo y no adversarial, sin embargo, dado que las NDCs no forman parte del acuerdo, no queda muy claro a qué se dedicará el mecanismo. ¿Quizás a asegurar que los reportes estén bien fundados metodológicamente?
  • El mecanismo de pérdidas y daños no podrá ser interpretado como proveyendo base alguna para responsabilidad o compensación.

El gran desafío

Queda para los próximos años el gran desafío de lograr la ratificación por parte de todas la grandes economías y asegurar que los mecanismos de mercado sean utilizados para potenciar las capacidades de mitigación en las grandes economías en desarrollo y no para licuar las responsabilidades de los países desarrollados.

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Comments (03)

  1. Ruben Arvizu-Director para America Latinaa
    15 de diciembre de 2015

    Me parecen muy correctas las observaciones de este artículo. Quisiera agregar lo siguiente: Estados Unidos,durante décadas a sido el gran contaminante numero uno, sólo superado por China a partir del 2014. Lo que el Presidente Obama firmó y todos los otros paises no es un tratado, ya que Obama lo dijo muy claro, no se puede presentar un tratado obligatorio al congreso de USA pues sabe muy bien que no sería ratificado. Así que todo se reduce a la BUENA VOLUNTAD de los países ya que no hay sanciones a quien no cumpla con lo que dice va a hacer. Y además, es dramático el saber que paises contaminantes pueden comprar las emisiones que otros no emitan y con eso continuar contaminando pero con la “tranquilidad” de que han pagado por hacerlo.

    Reply
  2. Francisco Flor Soto
    24 de diciembre de 2015

    Los países en desarrollo debería preocuparnos el reglamentar el MDL y la aplicación de tecnologías en los procesos de extracción o explotación de los recursos naturales en vista de en el mercado somos los proveedores de materia prima a los mercados, porque el inversionista lo ve de comprar más y al menor costo sin importarles el aspecto social del entorno a donde se ubica la fuente del recurso.

    Reply
  3. Lillian
    26 de abril de 2016

    EL ACUERDO DE PARÍS Y LA “CELEBRACIÓN” DEL DÍA DE TIERRA
    http://www.especieenpeligro.org/index.php/organismos-internacionales/3213-el-acuerdo-de-paris-y-la-celebracion-del-dia-de-tierra-1

    Reply

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